Me temo que el tribunal de Estrasburgo podría haberse equivocado con esa decisión, en esta caso posible “fallo” en el doble sentido de la palabra, caso de que el crucifijo que moteja de impropio y vulnerante de la libertad religiosa no estuviera, en el supuesto de aquellos autos, colocado en algún aula de una escuela pública.
Creo que la libertad religiosa determina la posibilidad de que un establecimiento de enseñanza pertenezca a la Iglesia o esté gestionado por ella y proclame y anuncie suficientemente que su enseñanza se complementa con la del credo que profesan y mantienen sus propietarios, y que ponga en sus aulas los símbolos y las imágenes que tenga por conveniente.
No hay comentarios:
Publicar un comentario